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Las deducciones por donación, también si donas a los proyectos del Hospital Sant Joan de Déu

03 Diciembre 2021

Las personas y las empresas que apoyan nuestros proyectos financiados con donaciones tienen incentivos fiscales en las declaraciones

La historia de San Juan de Dios, nacida hace más de 500 años, no hubiese sido la misma sin la implicación de la sociedad. Sin duda, la generosidad de las primeras personas que se sumaron a la causa de Juan Ciudad, sigue estando presente en cada una de las personas y empresas que nos ayudan hoy en día. 

Les mueve las ganas de  formar parte de un proyecto en el que creen y que consideran necesario, pero la evolución de la sociedad, además, les ofrece actualmente un retorno añadido que va más allá de la satisfacción que puedan sentir: la deducción fiscal.

El Hospital Sant Joan de Déu Barcelona, como entidad sin ánimo de lucro inscrita en el registro de entidades religiosas del Ministerio de Justicia, cumple con los requisitos establecidos en la Ley 49/2002 sobre el régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo. 

Desde enero de 2020, cuando una persona nos hace una donación puede recuperar hasta el 80% de los primeros 150 euros que done y el 35% de la cantidad que exceda de ese importe. En el caso de las empresas, la deducción es de un 35% de cualquier importe donado. 

Es importante destacar que las deducciones recurrentes a una misma entidad tienen un 5% de deducción añadida a los porcentajes anteriores, a partir del tercer año consecutivo de donación, tanto para particulares como para empresa. 

Debes comunicarnos tus datos fiscales

Para que podamos informar correctamente a la Agencia Tributaria de cada una de las donaciones, así como emitir el certificado fiscal correspondiente, es imprescindible que nos informes de los siguientes datos fiscales:

  • Nombre o razón social.
  • DNI o NIF.
  • Dirección fiscal.

Si no lo has hecho, puedes enviarnos un correo electrónico a atenciondonante@sjd.es.